Seguro Decenal

Seguro para viviendas de nueva construcción

Descripción del Seguro

En CK SEGUR le ofrecemos la cobertura básica de estabilidad y las garantías de acabados y habitabilidad. Además, puede ampliar la póliza con la impermeabilización de cubiertas y fachadas, estanqueidad de sótanos, estabilidad de fachadas no portantes, y bienes preexistentes. Le asesoramos en todo momento y le encontramos la póliza que mejor se adapte a sus necesidades. Sobre el seguro Decenal.

El seguro Decenal es un seguro de daños directos para obras de nueva construcción, lo cual facilita una indemnización rápida independientemente de quien sea la responsabilidad del daño. Las obras de nueva construcción o rehabilitación que soliciten licencia de edificación destinadas a viviendas deberán contratar este seguro que cubrirá el resarcimiento de los daños materiales causados al edificio por vicios o defectos en la estructura que puedan poner en peligro la estabilidad del edificio.

La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) regula los procesos de construcción, con los derechos y obligaciones de los promotores, constructores y compradores de viviendas. El seguro Decenal se incluye en la Ley como de obligatoria contratación para viviendas que vayan a ser comercializadas, con la voluntad de proteger al consumidor final. Tiene la obligación de contratar el seguro Decenal, el promotor o el constructor para proteger a la persona que compre esa vivienda. Así, el asegurado será el propietario de esa vivienda.

Coberturas y Tipos de Seguros

  • Garantía de daños estructurales: Se indemnizan o reparan los daños materiales causados en el edificio asegurado por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometen directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.
  • Resistencia mecánica y estabilidad de fachadas no portantes: Esta garantía cubre la reparación de los daños que afecten a la resistencia mecánica y estabilidad de estas.
  • Impermeabilización de cubiertas: Mediante su contratación se indemnizan los costes de reparación o restitución de los elementos que garanticen la impermeabilización de estas.
  • Impermeabilización de fachadas: Quedan cubiertos los costes de reparación o restitución de los elementos que garanticen la impermeabilización de estas.
  • Estanqueidad de sótanos: Se indemnizan los costes de reparación o restitución de los elementos que garanticen la estanqueidad. Se otorga sólo en determinados casos dependiendo de las características técnicas del riesgo.
  • Bienes preexistentes: Se otorga cobertura a los daños que sufra la edificación objeto de reforma, rehabilitación o modificación. Su contratación depende de la obra que se acometa y del estado del preexistente.

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